Aunque el sector comercial está en plena campaña de Navidad, no puede perder de vista la próxima campaña de rebajas que llegará una vez pasen las fiestas. Una campaña que es casi tan importante como la previa a las fiestas. Una ocasión perfecta para llegar a los clientes con precios especiales y muy atractivos.
Las rebajas deben cumplir una serie de normas para que puedan llamarse de esta manera. No es el único concepto para denominar a un periodo de precios con descuentos. Por esto, es importante que como comercio tengas claro cuándo se puede, y cuándo no, llamar rebajas a un periodo de descuento.
Son rebajas si…
El periodo de descuento se realiza con ocasión del cambio de estación o del fin de temporada. Los artículos rebajados se ofertan en el mismo local comercial habitual del comercio. Eso sí, se venden a un precio inferior al fijado antes de dicha venta. Los artículos tienen que estar incluidos en el catálogo, como mínimo, un mes antes de la oferta de venta y sin haber sido objeto de ninguna promoción en este plazo.
El periodo en el que se aplican las rebajas es libre, pero siempre debe ir en función de los períodos estacionales que consideren los comercios de mayor interés. Así mismo, la duración de los períodos de rebajas lo podrán establecer los comercios en función de sus necesidades.
Hay que señalar el precio anterior a la rebaja y el nuevo precio, con la rebaja aplicada. No pueden ofrecerse como rebajas productos deteriorados, cumpliendo así las normas de calidad mínimas.
Así mismo, los establecimientos NO tienen la obligación de aceptar la devolución de un producto. Muchos comercios ofrecen la posibilidad de cambiar el producto, bajo determinadas condiciones; en ese caso, no podrán rechazar las devoluciones en periodo de rebajas, a no ser que se especifique de manera visible en el establecimiento.
Cuándo se considera que son promociones, saldos o liquidaciones
Promociones: El objetivo de las ventas en promoción es dar a conocer y potenciar la venta de determinados productos y servicios. Se pueden ofrecer diferentes incentivos como descuentos, regalos o premios.
Saldos: Se ofrecen por productos que incluyen algún deterioro u obsolescencia. No pueden venderse bajo las condiciones habituales, por lo que pueden comprarse a un precio más económico. En este caso, es necesario especificar las circunstancias y causas que motivan la venta. Se podrá reclamar sobre el producto adquirido si muestra un fallo o deficiencia diferente a la indicada.
Liquidaciones: Se producen por cese total o parcial de negocio, por el cambio de negocio o por alguna causa de fuerza mayor que afecte al funcionamiento correcto de la actividad comercial. Las liquidaciones se aplican sobre los productos que son parte de las existencias del establecimiento, indicando las causas de la liquidación. Su duración será como máximo de un año.
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